Supervisión y Monitoreo de Casas Hogares

El objetivo principal de este programa es garantizar que los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, que se encuentren privados de convivir en su medio familiar y se encuentren en instituciones de protección o albergues en todo el territorio nacional, gocen de igualdad de condiciones y en pleno goce de sus derechos humanos, mientras persista la medida excepcional.

De acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño, el Estado debe garantizar su cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que estén privados permanente o temporalmente de su medio familiar.

La Ley Nº. 14 del 23 de enero de 2009, por la cual se crea la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, establece entre sus funciones la de supervisar y evaluar la calidad en los programas y servicios sociales dirigidos a la niñez, y la adolescencia ejecutados por entidades públicas y privadas, así como su apego al respeto por los derechos humanos.

Mediante el Decreto Ejecutivo Nº.26 del 21 de abril de 2009, se dictan normas para regular la apertura y supervisión de los albergues para niños, niñas y adolescentes.

Decreto Ejecutivo Nº404 del 30 de octubre de 2020, que regula la apertura y funcionamiento de los albergues para niños, niñas y adolescentes y se subroga el Decreto Nº 26 del 21 de abril de 2009.

Para cumplir con el objetivo propuesto en este programa se deben realizar giras periódicas a los diferentes albergues a nivel nacional, con la finalidad de:

  • Coordinar y realizar supervisiones a los albergues para observar las condiciones en que se encuentran los niños, niñas y adolescentes, de las instalaciones, mobiliarios, recurso humano que presta sus servicios en los albergues, siguiendo estándares de calidad, a través del cumplimiento de estrategias respaldadas mediante Decreto Ejecutivo N.26 del 21 de abril de 2009.

  • Llevar el registro de los albergues autorizados por la Autoridad Administrativa.

  • Llevar el registro de niños, niñas y adolescentes en albergues y actualizarlos constantemente.

  • Proporcionar a los albergues asesoría profesional en materia jurídica, psicológica y de trabajo social.

  • Promover y coordinar cursos permanentes de capacitación y actualización en derechos humanos de niños, niñas y adolescentes para todo el personal en los albergues cumpliendo con lo establecido en el capítulo primero del Decreto Ejecutivo N. 26 del 21 de abril de 2009.

  • Coordinar con instituciones gubernamentales la ejecución del cumplimiento de los derechos a los servicios básicos de los niños, niñas y adolescentes.

  • Aprobar el reglamento interno de funcionamiento y atención.

  • Realizar las funciones que éstas u otras normas legales le asigne.