Supervisión y Monitoreo de Casas Hogares
El objetivo principal de este programa es garantizar que los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, que se encuentren privados de convivir en su medio familiar y se encuentren en instituciones de protección o albergues en todo el territorio nacional, gocen de igualdad de condiciones y en pleno goce de sus derechos humanos, mientras persista la medida excepcional.
De acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño, el Estado debe garantizar su cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que estén privados permanente o temporalmente de su medio familiar.
La Ley Nº. 14 del 23 de enero de 2009, por la cual se crea la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, establece entre sus funciones la de supervisar y evaluar la calidad en los programas y servicios sociales dirigidos a la niñez, y la adolescencia ejecutados por entidades públicas y privadas, así como su apego al respeto por los derechos humanos.
Mediante el Decreto Ejecutivo Nº.26 del 21 de abril de 2009, se dictan normas para regular la apertura y supervisión de los albergues para niños, niñas y adolescentes.
Decreto Ejecutivo Nº404 del 30 de octubre de 2020, que regula la apertura y funcionamiento de los albergues para niños, niñas y adolescentes y se subroga el Decreto Nº 26 del 21 de abril de 2009.
Para cumplir con el objetivo propuesto en este programa se deben realizar giras periódicas a los diferentes albergues a nivel nacional, con la finalidad de:
Coordinar y realizar supervisiones a los albergues para observar las condiciones en que se encuentran los niños, niñas y adolescentes, de las instalaciones, mobiliarios, recurso humano que presta sus servicios en los albergues, siguiendo estándares de calidad, a través del cumplimiento de estrategias respaldadas mediante Decreto Ejecutivo N.26 del 21 de abril de 2009.
Llevar el registro de los albergues autorizados por la Autoridad Administrativa.
Llevar el registro de niños, niñas y adolescentes en albergues y actualizarlos constantemente.
Proporcionar a los albergues asesoría profesional en materia jurídica, psicológica y de trabajo social.
Promover y coordinar cursos permanentes de capacitación y actualización en derechos humanos de niños, niñas y adolescentes para todo el personal en los albergues cumpliendo con lo establecido en el capítulo primero del Decreto Ejecutivo N. 26 del 21 de abril de 2009.
Coordinar con instituciones gubernamentales la ejecución del cumplimiento de los derechos a los servicios básicos de los niños, niñas y adolescentes.
Aprobar el reglamento interno de funcionamiento y atención.
Realizar las funciones que éstas u otras normas legales le asigne.