¿Qué es Medidas Reeducativas?

Es el proceso de resocialización y reinserción social mediante etapas socioeducativas, con la intervención de la familia, la comunidad y la asistencia de especialistas.

Objetivo

Prevenir la continuidad de conductas infractoras, para lo cual contendrá acciones encaminadas a proveer al adolescente y su familia, de atención individualizada y personalizada, educación comunitaria y fortalecimiento familiar.

Fundamento Legal

Ley 40 de 26 de agosto de 26 de agosto de 1999, del Régimen Especial de Responsabilidad Penal para la Adolescencia.

La Ley 32 de 2010 establece:

Art. 8. Para el grupo etario entre los doce y los catorce años de edad, se aplicarán medidas de reeducación social bajo la supervisión de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

La SENNIAF, implementa el programa de medidas reeducativas en el cual se elabora el Plan Individual de Cumplimiento, que va orientado al desarrollo de actividades de formación en destrezas técnicas, actividades lúdicas y la formación de habilidades que permitan a los y las adolescentes tomar mejores decisiones en su vida.

El Plan Individual de Cumplimiento está constituido por tres aspectos relevantes, que indican la línea a seguir en las atenciones que se deben dar al adolescente, estos son:

  • La descripción del Joven.

  • La descripción de la situación socio familiar

  • La descripción educativa formal/vocacional/laboral.

Identificados cada uno de estos aspectos se trabaja en la estrategia de intervención y el seguimiento. Utilizamos la Guía de Procedimiento para la Atención en el Programa de Medidas Reeducativas, cuyo objetivo es prevenir la continuidad de conductas infractoras, a través de acciones encaminadas a proveer al adolescente y su familia, de atención individualizada y personalizada, educación comunitaria y fortalecimiento familiar, esto en función de establecer el plan de cumplimiento de cada adolescente.

Fundamento Legal

TEXTO ÚNICO DE LA LEY 40 DE 26 DE AGOSTO DE 1999. DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA LA ADOLESCENCIA. Que comprende las modificaciones, adiciones y derogaciones aprobadas por la Ley 38 de 2000, 46 de 2003, Ley 48 de 2004, Ley 15 de 2007, Ley 6 de 2010 y Ley 32 de 2010.

La ley mencionada establece:

Artículo 8. Grupos etarios. Para su aplicación, esta ley diferenciará, en cuanto al proceso las sanciones y su ejecución entre dos grupos:

  1. A partir de los doce años de edad y hasta que no hayan cumplido los quince años de edad;
  2. A partir de los quince años de edad y hasta que no hayan cumplido los dieciocho años de edad.

Para el grupo etario entre los doce y los catorce años de edad, se aplicarán medidas de reeducación social bajo la supervisión de la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Funciones del Programa

El programa realiza atenciones e intervenciones individuales, grupales y familiares, así como también actividades continuas como: capacitaciones, sensibilizaciones, giras educativas, trabajos comunitarios, sumadas a otras que organice nuestra Institución, que van encaminadas a dar cumplimiento con las funciones fundamentales del Programa de Medidas Reeducativas, establecidas mediante la Ley 40, que van encaminadas para lograr un cambio en la personalidad y comportamiento de los y las adolescentes en conflicto con la Ley Penal, por medio del desarrollo de un proceso reeducativo, pedagógico, sistemático, continuo e integral.